Si estás sufriendo violencia de género en Terrassa, es fundamental que conozcas las medidas de protección urgentes a las que tienes derecho. La legislación española prevé mecanismos inmediatos para garantizar tu seguridad y la de tus hijos e hijas, siendo esencial contar con el asesoramiento de un abogado penalista especializado en esta materia. En esta guía te explicamos el procedimiento, tus derechos y los recursos disponibles en Terrassa.
¿Qué son las medidas de protección urgentes en violencia de género?
Las medidas de protección urgentes son decisiones judiciales inmediatas que adopta el Juzgado de Violencia sobre la Mujer para proteger a las víctimas de cualquier forma de agresión física, psicológica, sexual o económica. Estas medidas están reguladas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
El objetivo principal es garantizar la seguridad de la víctima y de las personas que dependan de ella, evitando nuevas agresiones mientras se desarrolla el procedimiento penal.
Tipos de medidas de protección que puede solicitar
Orden de alejamiento
Conforme al artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez puede prohibir al agresor acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente, estableciendo una distancia mínima (generalmente 500 metros). También se prohíbe cualquier tipo de comunicación, incluyendo llamadas, mensajes o contacto a través de redes sociales.
Salida del domicilio del agresor
El juez puede ordenar al presunto agresor que abandone de inmediato el domicilio familiar, independientemente de la titularidad del mismo, permitiendo que la víctima permanezca en su hogar con garantías de seguridad.
Suspensión del régimen de visitas
Cuando existen hijos e hijas menores, el juzgado puede suspender o limitar el régimen de visitas, estancia o comunicación del agresor con los menores si existe riesgo para su seguridad o bienestar emocional.
Medidas económicas urgentes
Se pueden establecer prestaciones económicas inmediatas, como la fijación de una pensión de alimentos provisional para los hijos e hijas, o medidas sobre el uso de la vivienda familiar y el ajuar doméstico.
Protección policial
En situaciones de especial gravedad, se puede asignar protección policial directa a la víctima, incluyendo dispositivos telemáticos de control del agresor (pulseras telemáticas) que alertan si se vulnera la orden de alejamiento.
Procedimiento para solicitar medidas de protección en Terrassa
Denuncia y atestado policial
El primer paso es interponer denuncia. Puedes acudir a la Comisaría de los Mossos d'Esquadra de Terrassa, situada en la Rambla d'Ègara, 340, o a cualquier comisaría de Policía Nacional o Guardia Civil. También puedes denunciar directamente en el Juzgado de Guardia.
Las fuerzas de seguridad elaborarán un atestado policial que incluirá tu declaración, la del agresor si es localizado, posibles testigos y cualquier prueba (fotografías de lesiones, mensajes, partes médicos).
Derivación al Juzgado de Violencia sobre la Mujer
Una vez interpuesta la denuncia, el procedimiento se remite de urgencia al Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Terrassa, con sede en la Plaza de la Llibertat. El juzgado tiene competencia exclusiva sobre estos asuntos según el artículo 87 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Comparecencia urgente
El juez citará a una comparecencia urgente, que normalmente se celebra en un plazo máximo de 72 horas desde la denuncia. En esta comparecencia, tanto tú como el denunciado podréis declarar ante el juez, asistidas ambas partes por vuestros respectivos abogados.
Adopción de medidas
Tras escuchar a ambas partes y valorar las pruebas aportadas, el juez dictará auto acordando las medidas de protección que considere necesarias. Este auto se notifica inmediatamente y tiene efectos desde ese momento.
Las medidas tienen una duración inicial vinculada al procedimiento penal, pudiendo mantenerse durante toda la instrucción y juicio, e incluso tras una sentencia condenatoria, según lo establecido en el artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El papel del abogado penalista en violencia de género
Contar con un abogado penalista especializado en violencia de género es fundamental para garantizar la efectividad de las medidas de protección. El letrado te asistirá en:
- Asesoramiento inicial: Explicación de tus derechos, tipos de delitos (maltrato del artículo 153 del Código Penal, amenazas del artículo 169, coacciones del artículo 172, etc.) y medidas disponibles.
- Redacción de la denuncia: Preparación detallada del relato de hechos y solicitud expresa de medidas de protección concretas.
- Representación en comparecencia: Defensa de tus intereses ante el juez, aportación de pruebas y argumentación jurídica sobre la necesidad de las medidas.
- Seguimiento del procedimiento: Control del cumplimiento de las medidas, posibles modificaciones según evolucione la situación y asistencia durante todo el proceso penal hasta sentencia.
- Ejercicio de la acusación particular: Además de la actuación del Ministerio Fiscal, tu abogado puede personarse como acusación particular para tener un control directo sobre el procedimiento.
Es importante saber que tienes derecho a asistencia jurídica gratuita inmediata si acreditas insuficiencia de recursos económicos, conforme a la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita. En casos de urgencia, se designa abogado de oficio de forma inmediata.
Recursos de ayuda en Terrassa para víctimas de violencia de género
Servicio de Atención, Recuperación y Acogida (SARA)
Terrassa cuenta con el Servicio SARA, un recurso municipal especializado que ofrece atención psicológica, social y jurídica a mujeres víctimas de violencia de género. Puedes contactar a través de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Terrassa.
Servicio de Atención a las Mujeres (SAM)
El SAM ofrece información, orientación y asesoramiento a mujeres en situación de violencia machista, con atención presencial en el Centro de la Mujer de Terrassa.
Teléfonos de emergencia
Existen recursos telefónicos disponibles 24 horas:
- 016: Teléfono estatal de información y asesoramiento jurídico en violencia de género (no deja rastro en la factura).
- 112: Emergencias generales.
- 900 900 120: Teléfono de atención a las mujeres de la Generalitat de Catalunya (atención en catalán, castellano y otros idiomas).
Casa de acogida
En situaciones de especial gravedad donde la víctima no pueda permanecer en su domicilio, existen casas de acogida confidenciales que proporcionan alojamiento temporal, manutención y atención integral. La derivación se realiza a través de los Servicios Sociales.
Costes del procedimiento y ayudas económicas
El procedimiento penal de violencia de género no genera costes para la víctima, ya que es el Estado quien impulsa la acción penal a través del Ministerio Fiscal.
Si necesitas contratar abogado y procurador particular y no dispones de recursos económicos suficientes, puedes solicitar el beneficio de justicia gratuita. Los requisitos económicos se establecen según el Real Decreto 1455/2005: se concede cuando los ingresos de la unidad familiar no superen el doble del salario mínimo interprofesional (en 2024, aproximadamente 2.260 euros mensuales).
Además, existen ayudas económicas específicas para víctimas de violencia de género reguladas en el Real Decreto 1452/2005, que pueden oscilar entre 6 y 24 mensualidades del salario mínimo interprofesional, dependiendo de las circunstancias personales (edad, responsabilidades familiares, discapacidad).
Preguntas frecuentes sobre medidas de protección urgentes en Terrassa
¿Cuánto tardan en conceder las medidas de protección?
Las medidas de protección se pueden adoptar de forma inmediata. Desde la denuncia hasta la comparecencia ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Terrassa transcurren generalmente un máximo de 72 horas. En casos de urgencia extrema, el juez de guardia puede adoptar medidas provisionales incluso antes.
¿Puedo denunciar sin pruebas de las agresiones?
Sí. Tu testimonio es una prueba válida. No necesitas testigos ni pruebas materiales para interponer denuncia. El juez valorará tu declaración junto con cualquier otra circunstancia (coherencia del relato, partes médicos si existen, mensajes, antecedentes). Es importante que relates los hechos de forma detallada y cronológica.
¿Qué ocurre si retiro la denuncia?
En violencia de género, el procedimiento penal continúa aunque retires la denuncia. Los delitos de violencia de género son públicos, lo que significa que el Ministerio Fiscal puede mantener la acusación aunque tú no desees continuar. Las medidas de protección adoptadas permanecen vigentes salvo que el juez decida lo contrario.
¿Me pueden obligar a declarar contra el agresor si es mi pareja?
Conforme al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estás dispensada de la obligación de declarar si el denunciado es tu cónyuge o persona con análoga relación de afectividad. Sin embargo, puedes renunciar voluntariamente a esta dispensa y declarar si lo deseas. Tu abogado te asesorará sobre la conveniencia según tu caso.
¿Las medidas de protección afectan a la custodia de mis hijos?
Las medidas penales de protección, como la suspensión del régimen de visitas, son provisionales y específicas del procedimiento penal. No prejuzgan la decisión definitiva sobre custodia que se adoptará en el procedimiento civil de familia. No obstante, una sentencia condenatoria por violencia de género puede influir posteriormente en las decisiones sobre custodia, conforme al artículo 92.7 del Código Civil, que establece que no procederá la guarda conjunta cuando alguno de los progenitores esté incurso en un proceso penal por atentar contra la vida, integridad física o libertad del otro o de los hijos.
Si te encuentras en una situación de violencia de género en Terrassa, no estás sola. Existen recursos legales, institucionales y profesionales preparados para protegerte. Contacta lo antes posible con las autoridades y con un abogado penalista especializado que pueda orientarte y defender tus derechos durante todo el procedimiento.